X

Llarena asegura que la orden de detención contra Puigdemont sigue activa

Llarena asegura que la orden de detención contra Puigdemont sigue activa
 

La reciente entrada en vigor de la Ley Orgánica de Amnistía ha desencadenado el primer movimiento judicial significativo en España, específicamente relacionado con el proceso independentista catalán. El magistrado del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, ha emitido una providencia en la que establece un plazo de cinco días para que las partes implicadas informen sobre la aplicabilidad de esta nueva ley a los hechos atribuidos a Carles Puigdemont, Antoni Comín, Lluis Puig, y Marta Rovira. Mientras tanto, la orden de detención contra Carles Puigdemont sigue activa.

En su resolución, el juez Llarena subraya que la Ley de Amnistía, publicada recientemente en el Boletín Oficial del Estado (BOE), especifica en su artículo 1 los requisitos necesarios para exonerar de responsabilidad criminal ciertos actos cometidos en el contexto del proceso independentista catalán. No obstante, excluye expresamente ciertos supuestos recogidos en el artículo 2.

Llarena destaca que, según el preámbulo de la ley, corresponde al poder legislativo establecer los criterios para beneficiarse de la amnistía y al poder judicial identificar a las personas concretas que se incluyen en el ámbito de aplicación de la ley. Con base en el artículo 9, que exige la previa audiencia de la Fiscalía y de las partes, el juez ha solicitado que estas presenten sus informes en un plazo máximo de cinco días.

Continuidad de las órdenes de detención

Además, la providencia reitera que la orden de detención contra el procesado Puigdemont, además de Comín, Puig, y Rovira, dictadas en enero de 2023, continua vigente. Las fuerzas de seguridad deben proceder a su cumplimiento mientras no sean judicialmente modificadas o revocadas.

Paralelamente, el tribunal de la Sala de lo Penal que juzgó la causa del procés y la magistrada Susana Polo, instructora del caso Tsunami Democratic, han emitido providencias similares. Ambas instancias han solicitado a la Fiscalía y a las partes personadas que presenten alegaciones sobre la aplicación de la Ley de Amnistía en sus respectivos casos.

Dudas sobre la aplicabilidad en casos de malversación

Uno de los puntos más controvertidos es la aplicabilidad de la Ley de Amnistía a los delitos de malversación de caudales públicos. La providencia de Llarena solicita un análisis particular sobre si los hechos atribuidos a los encausados pueden ser amnistiables según el artículo 1 de la Ley, o si están excluidos por el artículo 2.e, que recoge las excepciones.

El Alto Tribunal ha expresado serias dudas sobre si el desvío de fondos públicos ocurrido durante el referéndum del 1-O puede ser amnistiado. Los fiscales del procés sostienen que la Directiva 2017/1371 de la Unión Europea impide la amnistía para delitos que afectan los intereses financieros de la UE. La Ley de Amnistía también excluye estos delitos de su ámbito de aplicación, argumentando que la malversación en el desafío independentista supuso un enriquecimiento personal para sus líderes.

El bulletin

Del ToroTv

Suscríbete y disfruta en primicia de todos nuestros contenidos