El instructor del procés, el magistrado Pablo Llarena, ha dictado la conclusión formal del sumario incoado en 2017 contra el expresidente catalán Carles Puigdemont y los exconsejeros Antoni Comín y Lluís Puig.
A través de un auto, el juez deja sin efecto el procesamiento de los dirigentes independentistas huidos y traslada las actuaciones a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, el tribunal enjuiciador que deberá formalizar el sobreseimiento libre y el archivo definitivo del procedimiento en aplicación de la Ley de Amnistía.
Con la extinción de la responsabilidad penal ya decretada para los condenados que comparecieron en el juicio de 2019 —entre ellos el líder de ERC, Oriol Junqueras— y tras el levantamiento previo de las órdenes nacionales de detención, el trámite procesal de Llarena allana el tramo final para cerrar las ramificaciones judiciales del 1-O en el alto tribunal.
Aplicación obligada por la doctrina del Constitucional
En los fundamentos jurídicos de su resolución, Llarena subraya que el cese de la acción judicial responde de manera exclusiva al mandato legal derivado de la norma de gracia y al criterio fijado por la mayoría del Tribunal Constitucional sobre el delito de malversación, y no a una rectificación de los indicios acreditados a lo largo de los años de instrucción.
Bajo esa premisa, el instructor acuerda remitir el expediente a la Sala que preside Manuel Marchena para que «resuelva sobre la finalización de la fase de instrucción y el eventual sobreseimiento libre de las actuaciones», completando así el marco procesal que extingue las causas abiertas a los líderes del referéndum unilateral de 2017.