Así ha quedado acreditado por el Tribunal Constitucional al inadmitir el recurso de Ciudadanos para tumbar su candidatura a la Generalidad. Los naranjas, que insisten en que no van a cesar en sus intenciones, sostenían que el prófugo de la Justicia española no tenía la residencia catalana y su DNI llevaba caducado 4 años. Con esta decisión el Alto Tribunal sigue la estela de la Junta Electoral Provincial de Barcelona y el juzgado de los Contencioso Administrativo, que desestimaron las intenciones de los naranjas al ser estos órganos judiciales favorables a Puigdemont.
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