Si un menor viniera a mi casa por cualquier motivo y yo decidiera quedármelo, “acogerlo”, y no devolverlo a sus progenitores o tutores, estaría cometiendo un gravísimo delito; me podrían denunciar por “rapto o retención”. El secuestro en nuestro Código Penal se castiga con penas de 6 a 10 años de prisión. Entonces, ¿por qué el Estado “acoge” a menores y no los devuelve a sus familias?
Da la casualidad de que doy clases en una Universidad en el grado de Educación Social. Una carrera vocacional. He conocido a miles de Educadores durante todos estos años y muchos de ellos han acabado trabajando en centros de menores (menas). Me suelen contar curiosidades, por ejemplo, que nada más ingresar en el centro de “acogida” lo primero que hacen es llamar a sus padres.
Estos menas, sin duda alguna, tienen familia. Evidentemente, podemos pensar que un menor en concreto ha sufrido abandono, pero a buen seguro tiene tíos, primos o un abuelo que bien podría acogerlo.
Sin ser investigador ni detective, considero que sería fácil localizar esas llamadas y ponerse en contacto con sus padres.
Pero la idea esencial es que los menores tienen familia y el Estado sea como fuere, debería tener como objetivo prioritario devolverlos a sus progenitores.
Si revisamos las leyes autonómicas, nacionales, europeas e incluso las leyes internacionales de las Naciones Unidas, todas dicen lo mismo: hay que priorizar por encima de todo que los menores estén con sus familias y, si no pudieran estar con sus progenitores de primer grado deben estar con familiares de segundo o tercer grado.
Existe una enorme jurisprudencia y numerosas leyes internacionales y nacionales -por no decir todas- que van en la misma dirección.
Si alguien tiene interés en las cuestiones legales, en 2023 publiqué el ensayo “Robo de niños en democracia”, y dediqué todo el tercer bloque del libro a exponer numerosas leyes nacionales e internacionales que indican de forma abrumadora y no dejan el menor atisbo de duda, que los menores deben permanecer con su familia.
Ahora bien, teniendo estas leyes clarísimas, ¿Por qué el Estado español “roba y retiene” literalmente a miles y miles de menores, sabiendo que tienen padres y madres?
Siguiendo el hilo de los Educadores Sociales que trabajan en centros de menores, hay otro comentario sobre los padres marroquís. Estos suelen decir lo siguiente a su hijo: tu hijo vete a España como sea y cuando estés aposentado, ya vamos nosotros…
Uso el ejemplo de Marruecos por ser el más numeroso. Si unos padres marroquís han abandonado a su hijo menor, o este se ha escapado… Asuntos sociales debe ponerse en contacto con cualquier familiar y aunque los padres no quieran saber nada de su devolución, Asuntos Sociales debe solicitar la devolución del menor a cualquier familiar como objetivo prioritario.
Pues bien, hay que recordar aunque sea una obviedad, que también constituye un grave delito que unos padres (aunque sean extranjeros) abandonen a su hijo menor de edad, y en el mismo momento que esos padres pisaran suelo español deberían ser inmediatamente detenidos, puesto que, abandonar a un hijo es una negligencia grave que está penado por la Ley Española.
Si llega un menor no tutelado y en un par de años está trabajando y solicita que vengan sus padres del extranjero, es más que fácil identificar a sus progenitores.
El primer interrogante es por qué se permite entrar a la gente ilegalmente, y en segundo; ¿Por qué tampoco se detienen ni multan a estos progenitores? Y dando puntada al desgarrón ¿Por qué no se tiene en cuenta este grave delito cuando hay que demostrar que no se tienen antecedentes penales a la hora de nacionalizarse?
Si un padre español abandona a su hijo, perdería rápidamente la custodia y la patria potestad del menor, las consecuencias del abandono de un menor son gravísimas en España, y además, este proceso se suele hacer con máxima celeridad y eficacia por Asuntos Sociales, siendo así, ¿Por qué no se aplica la Ley a los padres marroquís por su gravísima negligencia cuando llegan a España?