El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, ha defendido este miércoles en el Congreso que el Gobierno está actuando conforme a la legalidad en la tramitación de la solicitud de indulto al ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, condenado a dos años de inhabilitación por un delito de revelación de secretos relacionado con Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.
Durante la sesión de control al Ejecutivo, Bolaños ha subrayado que el procedimiento seguido es el previsto en la normativa vigente y que el Consejo de Ministros se ha limitado a dar traslado de la petición al Tribunal Supremo para recabar los informes preceptivos, paso obligatorio antes de adoptar cualquier decisión.
Traslado al Supremo para los informes
El titular de Justicia ha explicado que la Ley del Indulto establece un procedimiento reglado que incluye la solicitud de informe al tribunal sentenciador y al Ministerio Fiscal. En este caso, el Gobierno ha remitido la petición al Tribunal Supremo, que deberá pronunciarse sobre la conveniencia o no de la medida de gracia.
Bolaños ha insistido en que el Ejecutivo “cumple la ley” y que la tramitación no implica en ningún caso la concesión automática del indulto, sino la apertura formal del expediente conforme al procedimiento habitual.
Críticas de la oposición
La oposición ha cuestionado la oportunidad política de la medida y ha acusado al Gobierno de proteger a altos cargos afines. Desde el PP se ha señalado que la condena por revelación de secretos es especialmente grave tratándose del máximo responsable del Ministerio Público, mientras que otras formaciones han advertido del impacto institucional que podría tener la eventual concesión del indulto.
Álvaro García Ortiz fue condenado a dos años de inhabilitación por un delito de revelación de secretos en relación con la difusión de información reservada vinculada a Alberto González Amador. La sentencia supuso su salida del cargo como fiscal general del Estado.
Un procedimiento reglado
El indulto es una prerrogativa del Gobierno recogida en la Constitución y regulada por la Ley de 18 de junio de 1870. Su concesión requiere la tramitación de un expediente con informes preceptivos, aunque no vinculantes, del tribunal que dictó la sentencia y del Ministerio Fiscal.
Una vez recibidos esos informes, corresponderá al Consejo de Ministros decidir si concede o no la medida de gracia. De hacerlo, deberá motivar la decisión en el correspondiente real decreto.
Por el momento, el Ejecutivo se limita a señalar que el expediente está en fase de tramitación y que cualquier decisión se adoptará “con pleno respeto al marco legal”.