La Comunidad de Madrid obliga a que estas personas dispongan de una autorización judicial para recibir la eutanasia
El Pleno del Tribunal Constitucional presidido por Cándido Conde-Pumpido ha suspendido la ley de la Comunidad de Madrid impulsada por el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso que limita la práctica de la eutanasia cuando se trate de personas con discapacidad que estén bajo tutela.
El Tribunal ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno de Pedro Sánchez contra la disposición adicional segunda de la Ley de la Comunidad Autónoma de Madrid 15 de febrero de creación de la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad. El tribunal suspende así la aplicación de disposición autonómica y abre un plazo de cinco meses para resolver el fondo de la cuestión.
La ley de la Comunidad de Madrid añade un nuevo procedimiento de jurisdicción voluntaria y autorización judicial para terminar con la vida de personas con discapacidad.
En concreto, establece que «cuando se pretenda llevar a cabo cualquier actuación que afecte al derecho a la vida de la persona con discapacidad a la que se haya provisto de un apoyo de carácter representativo para el ejercicio de la capacidad jurídica o se determine de manera expresa en la resolución que estableció el apoyo, se tramitará un procedimiento de jurisdicción voluntaria para la solicitud de autorización judicial».
En definitiva, de lo que se trata es de someter a revisión judicial la eutanasia referida a personas discapacitadas sometidas tutela.